Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 6.289

TITULO QUINTO Disposiciones Comunes a las Sucesiones · CAPITULO VI De la Partición

Artículo 6.289.- Si el testador dispone que a algún legatario se le entreguen determinados bienes, el albacea, aprobado el inventario y avalúo, se los entregará, siempre que el legatario garantice responder por las obligaciones de la herencia, en la proporción que le corresponda.

Partición hecha por testador

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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