Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 6.3

TITULO PRIMERO Disposiciones Preliminares

Artículo 6.3 . - El testador puede disponer de todo o de parte de sus bienes. La parte de que no disponga se regirá por los preceptos de sucesión legítima.

El heredero es a título universal y a beneficio de inventario

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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