Artículo 6.76.- El testador puede gravar con legados a los herederos y a los legatarios.
Forma de entregar el bien legado
TITULO SEGUNDO De la Sucesión por Testamento · CAPITULO VI De la Institución de Heredero
Artículo 6.76.- El testador puede gravar con legados a los herederos y a los legatarios.
Forma de entregar el bien legado
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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