Código Civil del Estado de México · Estado de México
Artículo 7.1061
TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO VI De la Fianza Legal o Judicial
Artículo 7.1061.- Cuando la fianza sea para garantizar el cumplimiento de una obligación cuya cuantía no exceda de quinientos días de salario mínimo general vigente en el lugar de celebración del contrato, no se exigirá que el fiador tenga bienes inmuebles.
Prueba de la propiedad de inmueble
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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