Artículo 7.192.- Si la incertidumbre consistiere en si ha de llegar o no el día, la obligación es condicional.
Forma de contar el plazo en las obligaciones
TITULO SEPTIMO De las Diferentes Especies de Obligaciones · CAPITULO II De las Obligaciones a Plazo
Artículo 7.192.- Si la incertidumbre consistiere en si ha de llegar o no el día, la obligación es condicional.
Forma de contar el plazo en las obligaciones
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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