Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.192

TITULO SEPTIMO De las Diferentes Especies de Obligaciones · CAPITULO II De las Obligaciones a Plazo

Artículo 7.192.- Si la incertidumbre consistiere en si ha de llegar o no el día, la obligación es condicional.

Forma de contar el plazo en las obligaciones

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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