Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.411

TITULO DECIMO · CAPITULO I De los Actos Celebrados en

Artículo 7.411.- La acción concedida al acreedor, contra el primer adquirente, no procede contra tercer poseedor, sino cuando éste ha adquirido de mala fe.

Consecuencias de la nulidad del acto fraudulento

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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