Artículo 7.561.- Los peritos y promotores no pueden comprar los bienes en cuya venta han intervenido.
Compraventa nula
TITULO SEGUNDO De la Compraventa · CAPITULO III De los que Pueden Vender y Comprar
Artículo 7.561.- Los peritos y promotores no pueden comprar los bienes en cuya venta han intervenido.
Compraventa nula
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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