Artículo 7.796.- Debe también el mandante indemnizar al mandatario de todos los daños y perjuicios que l e haya causado el cumplimiento del mandato, sin culpa ni imprudencia del mismo mandatario.
Bienes del mandato retenidos en prenda
TITULO NOVENO Del Mandato · CAPITULO III De las Obligaciones del Mandante
Artículo 7.796.- Debe también el mandante indemnizar al mandatario de todos los daños y perjuicios que l e haya causado el cumplimiento del mandato, sin culpa ni imprudencia del mismo mandatario.
Bienes del mandato retenidos en prenda
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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