Artículo 3041.- En caso de duda sobre la inteligencia de una disposición testamentaria, se observará lo que parezca más conforme a la
La fracción III del artículo 3035 se reformó por Decreto publicado en el
P.O.E. de fecha 31 de diciembre de 2012. 211 intención del testador, según el tenor del testamento y la prueba que se rinda.