Artículo 3111.- Es inoficioso el testamento en que no se deja la pensión alimenticia, según lo establecido en este capítulo.
Artículo 3111
CAPITULO QUINTO LIBRE TESTAMENTIFACCION
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.
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