Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 3263

CAPITULO DECIMO FORMA DE LOS TESTAMENTOS

Artículo 3263.- En el testamento público cerrado el testador declara que su última voluntad se encuentra contenida, en el pliego que presencia al Notario que autoriza el acto.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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