Artículo 3263.- En el testamento público cerrado el testador declara que su última voluntad se encuentra contenida, en el pliego que presencia al Notario que autoriza el acto.
Artículo 3263
CAPITULO DECIMO FORMA DE LOS TESTAMENTOS
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.
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