Código Civil del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 1399

Artículo 1399. En el caso del artículo que precede, no tendrá validez el testamento mientras no se justifique la identidad del testador.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.