Código Civil para el Estado de Tabasco · Tabasco

Artículo 1987

TITULO TERCERO DE LA DECLARACION UNILATERAL DE LA VOLUNTAD

ARTÍCULO 1987.-

Naturaleza de la oferta

Cuando la oferta se refiere a la celebración de un contrato, deberán indicarse, para su validez, la naturaleza del mismo, sus elementos esenciales y todos los demás requisitos necesarios para su debida caracterización.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.

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