ARTÍCULO 2749.-
Derecho de tercero
En el caso de terminación del contrato por convenio expreso, sólo será válido en tanto no perjudique derecho de tercero.
TITULO SÉPTIMO DEL ARRENDAMIENTO · CAPITULO VII DEL MODO DE TERMINAR EL ARRENDAMIENTO
ARTÍCULO 2749.-
Derecho de tercero
En el caso de terminación del contrato por convenio expreso, sólo será válido en tanto no perjudique derecho de tercero.
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.