Código Civil para el Estado de Tabasco · Tabasco

Artículo 777

TITULO DUODECIMO DE LA TUTELA · CAPITULO III DE LAS SOCIEDADES

ARTÍCULO 777.-

Inscripción

El contrato de sociedad debe inscribirse en el Registro de Sociedades Civiles, para que produzca efectos contra tercero.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.

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