ARTICULO 4°.- La ley civil, en el Estado de Tlaxcala, tendrá carácter proteccionista en favor de las personas cultural, social o económicamente débiles. (ADICIONADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2016)
Artículo 4
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.
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