Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 478

TITULO DECIMO DEL CURADOR

ARTICULO 478.- El concubinato del menor produce la emancipación. Si la vida en común cesa por más de sesenta días el menor recaerá en la patria potestad. (ADICIONADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2016)

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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