ARTICULO 2440
Si la cosa se deteriora por el solo efecto del uso para que fue prestada y sin culpa del comodatario, no es éste responsable del deterioro.
TITULO SEPTIMO DEL COMODATO
ARTICULO 2440
Si la cosa se deteriora por el solo efecto del uso para que fue prestada y sin culpa del comodatario, no es éste responsable del deterioro.
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.
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