Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 815

TITULO SEGUNDO CLASES Y CARACTERISTICAS DE LOS BIENES · CAPITULO III De los bienes considerados con relación a las personas a quienes pertenecen

ARTICULO 815

Los extranjeros y las personas morales están sujetos, en cuanto a la adquisición de derechos de propiedad privada, a las prohibiciones, restricciones y requisitos que señala el artículo 27 de la Constitución Federal y sus leyes reglamentarias.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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