Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 1175

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO V

Artículo 1175. En la misma resolución que tenga por no aprobada la cuenta se decidirá lo correspondiente a la separación de cargo del tutor y se nombrará un tutor interino.

La separación por falta de rendición de la cuenta se decidirá en un incidente.

Última reforma de esta ley incorporada: 5 de abril de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresomich.gob.mx.

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