Código Familiar del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 114

TITULO QUINTO DEL PATRIMONIO FAMILIAR

ARTICULO 114. El patrimonio familiar es el conjunto de bienes y derechos de carácter inalienable, inembargable e imprescriptible, y será transmisible a título de herencia.

Son susceptibles de constituir el patrimonio familiar, los bienes inmuebles, muebles y semovientes.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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