Código Familiar del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 15

TITULO SEGUNDO DE LA FAMILIA

ARTÍCULO 15 . El matrimonio es la unión legal entre dos personas, libremente contraída, basada en el respeto, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, que hacen vida en común, con la finalidad de proporcionarse ayuda mutua, formando una familia.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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