Código de Familia para el Estado de Yucatán · Yucatán
Artículo 186
TÍTULO SEXTO TERMINACIÓN DEL MATRIMONIO · CAPÍTULO III DEL DIVORCIO
ARTÍCULO 186. Ilegalidad de alguna disposición del convenio
Artículo 186. En los casos en que el convenio contravenga alguna disposición legal, el juez debe apercibir a los solicitantes a fin de que modifiquen el convenio.
Prevención para modificar el convenio
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de julio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresoyucatan.gob.mx.
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