Código de Familia para el Estado de Yucatán · Yucatán
Artículo 3
TÍTULO PRIMERO GENERALIDADES DE LA FAMILIA · CAPÍTULO ÚNICO DEL OBJETO Y DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 3. Irrenunciabilidad de los derechos y obligaciones
Artículo 3. Los derechos y obligaciones que establece este Código son irrenunciables y no pueden ser objeto de convenio, salvo en aquellos casos que la ley señale como excepciones y no contravengan disposiciones de orden público ni afecten derechos de terceros.
Familia
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de julio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresoyucatan.gob.mx.
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