Código Fiscal del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 115

TITULO CUARTO DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS · CAPITULO II DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION

ARTICULO 115.- Los acreedores que aparezcan en el certificado de gravámenes, correspondientes a los últimos diez años, el cual deberá obtenerse oportunamente, serán citados a la almoneda, de ser posible en forma personal o en su defecto, en las convocatorias en que se anuncie el remate, deberá expresarse el nombre de los acreedores.

Los acreedores a que alude el párrafo anterior tendrán derecho a concurrir al remate y a hacer las observaciones que estimen del caso, las cuales serán estudiadas por la autoridad competente en el acto de la diligencia.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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