ARTICULO 76.- Las notificaciones por edictos se harán publicando por tres días consecutivos en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en el Estado, un extracto de la resolución a notificar. En este caso se tendrá por hecha la notificación al día hábil siguiente de la última publicación.
Artículo 76
TITULO CUARTO DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS · CAPITULO I DE LAS NOTIFICACIONES
Última reforma de esta ley incorporada: 24 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
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