Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima · Colima

Artículo 8

TÍTULO PRIMERO · CAPÍTULO I DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS

Artículo 8º

(REFORMADO DECRETO 9, P.O. 90,24 NOVIEMBRE 2021)

A. Los tribunales del Estado garantizarán el derecho de toda persona a la tutela jurisdiccional efectiva y que se le administre justicia de manera pronta, completa, imparcial y gratuita, en los plazos, términos y modalidades que fijen los ordenamientos jurídicos aplicables. Los tribunales se rigen por el principio de independencia judicial y se encuentran dotados de autonomía y plena jurisdicción para emitir y ejecutar sus resoluciones. Sus integrantes tienen reconocidas las garantías para el ejercicio, regularidad y seguridad de su actividad, con apego a la Constitución Federal, esta Constitución, los principios básicos relativos a la independencia de la judicatura y las leyes.

B. En el Estado de Colima el proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad, inmediación y demás bases y lineamientos establecidos en la Constitución Federal.

(REFORMADO DECRETO NO. 355, P.O. 71, SUP. 3, 04 NOVIEMBRE 2023) 9

En todo proceso del orden penal, la persona imputada, víctima y la ofendida gozarán de los derechos fundamentales y garantías para hacerlos efectivos que les otorgarán la Constitución Federal, los tratados internacionales de que el Estado Mexicano sea parte, esta Constitución y las leyes.

C. El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, el trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte, como medio para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto.

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de febrero de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: admiweb.col.gob.mx.

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