Artículo 34. Son fines esenciales de los partidos políticos:
1. Promover la participación del pueblo en la vida democrática;
2. Contribuir a la integración de los órganos de representación política estatal;
3. Como organizaciones de ciudadanos, coadyuvar en el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan, mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo; y,
4. Garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores del
Congreso del Estado y la integración de los Ayuntamientos.