Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 135

TÍTULO SÉPTIMO

Artículo 135.- La persona Titular del Poder Ejecutivo, las personas integrantes del Poder Legislativo, las personas Titulares de las Magistraturas del Tribunal Superior de Justicia y del Tribunal de Disciplina Judicial, y las personas integrantes del Órgano de Administración Judicial son responsables en los términos del Título Cuarto de la Constitución General de la República.

(REFORMADO [N. DE E. ESTE PÁRRAFO], P.O. 15 DE FEBRERO DE 2018)

ARTÍCULO 135, REFORMA EL

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de agosto de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: scjn.gob.mx.

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