ARTÍCULO 10. El Estado de Querétaro es parte integrante de la Federación Mexicana, libre y autónomo en su administración y gobierno interiores. Su territorio tiene la extensión y límites que histórica y legalmente le corresponden.
La ciudad de Santiago de Querétaro, será la capital del Estado y el Municipio de Querétaro la residencia oficial de los Poderes del Estado.