Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro · Querétaro

Artículo 11

TÍTULO SEGUNDO EL ESTADO · CAPÍTULO PRIMERO SOBERANÍA DEL ESTADO

ARTÍCULO 11. La división política y administrativa del territorio de la Entidad, comprende los siguientes municipios:

Amealco de Bonfil, Arroyo Seco, Cadereyta de Montes, Colón, Corregidora, El Marqués, Ezequiel Montes,

Huimilpan, Jalpan de Serra, Landa de Matamoros, Pedro Escobedo, Peñamiller, Pinal de Amoles, Querétaro,

San Joaquín, San Juan del Río, Tequisquiapan y Tolimán.

Los municipios tendrán la denominación, cabecera municipal, límites y extensión que señale la ley.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: queretaro.gob.mx.

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