Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Veracruz
Artículo 37
TÍTULO SEGUNDO · CAPÍTULO II DEL PODER LEGISLATIVO
Artículo 37. Desechada alguna iniciativa de ley o decreto, no podrá ser propuesta de nuevo en el mismo período de sesiones, pero esto no impedirá que alguno de sus artículos formen parte de otra. Esta disposición no regirá tratándose de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos.
(REFORMADO, G.O. 18 DE MARZO DE 2003)
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de diciembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: scjn.gob.mx.
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