Código Procesal Administrativo para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 161

TÍTULO PRIMERO ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS GENERALES

ARTÍCULO 161. Los procedimientos que se establecen en este Libro Segundo del Código, son aplicables a:

I. L o s actos procedimientos y resoluciones de la administración pública estatal centralizada;

II. Los actos, procedimientos y resoluciones de los organismos descentralizados de la administración pública estatal respecto de sus actos de autoridad;

III. L o s actos, procedimiento s y resoluciones de la administración pública municipal y paramunicipal, en términos del artículo 114, fracción II, de la Constitución Política del Estado;

IV. Los servicios que el Estado o el municipio presten de manera exclusiva, y

V. Los contratos de derecho público que los particulares celebren con las administraciones públicas es t at ales o municipales

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de septiembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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