ARTÍCULO 166 . Los actos administrativos de carácter general, tales como los decretos, acuerdos, circulares y otros de la misma naturaleza, deberán publicarse en el Periódico Oficial del Estado “ Plan de San Luis ” y en su c aso en la gaceta municipal que c orresponda, para que produzcan efectos jurídicos.
Los actos administrativos de carácter individual, cuando lo prevean los ordenamientos aplicables deberán publicarse en el órgano de difusión oficial correspondiente.
L o s acuerdo s delegatorios de facultad es , instructivos , manu ales y formato s q u e expidan las dependencias y entidades, se publicarán previamente a su aplicación, en el medio de difusión que en cada caso corresponda.