Código Procesal Administrativo para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 39

TÍTULO SEGUNDO GENERALIDADES DE LOS PROCEDIMIENTOS

ARTÍCULO 39 . Las notificaciones a las autoridades, se harán por medio de oficios que serán entregados en el domicilio de su oficina principal en el lugar del procedimiento o juicio, por el notificador de la autoridad administrativa o el actuario del Tribunal tratándose de actuaciones judiciales, quien recabará la correspondiente constancia de recibo; y fuera del lugar del procedimiento administrativo o juicio, por correo certificado con acuse de recibo, el cual se agregará a los autos.

En casos urgentes, las notificaciones podrán hacerse por vía telegráfica, fax o por cualquier otra vía que genere certeza jurídica para la autoridad administrativa, el Tribunal, y las partes.

Las notificaciones por oficio se harán conforme a las reglas siguientes:

I. Si el domicilio de la oficina principal de la autoridad se encuentra en el lugar del juicio, el actuario hará la entrega, recabando la constancia de recibo correspondiente;

II. Si la autoridad se niega a recibir el oficio, el notificador o el actuario hará del conocimiento del encargado de la oficina correspondiente que no obstante esta circunstancia, se tendrá por hecha la notificación. Si a pesar de esto subsiste la negativa, asentará la razón en autos y se tendrá por hecha;

III. Si el domicilio de la oficina principal se encuentra en alguno de los municipios que integran el Primer Distrito Judicial, el actuario notificará a la autoridad en términos de la fracción I de este artículo, y

IV. Si el domicilio de la oficina principal de la autoridad se encuentra en otro municipio distinto a los comprendidos en el primer Distrito Judicial, se enviará el oficio por correo en 15 pieza certificada con acuse de recibo, o bien mediante exhorto, agregando en autos la constancia correspondiente.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de septiembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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