ARTICULO 530.- Las ejecutorias y los convenios judiciales, laudos, convenios celebrados ante la Procuraduría Federal del Consumidor o laudos que emita tal autoridad, o juicios de contadores, motivarán ejecución si el interesado no intentare la vía de apremio.
Artículo 530
TITULO DECIMO · CAPITULO II Documentos Ejecutivos
Última reforma de esta ley incorporada: 12 de noviembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.
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