Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes · Aguascalientes

Artículo 76

TITULO SEGUNDO REGLAS GENERALES · CAPITULO II De las Actuaciones y Resoluciones Judiciales

ARTICULO 76.- Los secretarios son responsables de los expedientes, libros y documentos que existan en el tribunal y archivo correspondiente.

Cuando por disposición de la Ley o del Tribunal, deban entregar alguno de los mencionados objetos a otro servidor público o empleado, recabarán recibo para su resguardo. En este caso la responsabilidad pasará a la persona que lo reciba.

Última reforma de esta ley incorporada: 12 de noviembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.

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