Art. 1219.- Presentado el inventario y avalúo, la cuenta y el proyecto a que se refiere el artículo anterior, el juez citará a los interesados a una junta que se efectuará en el
139 término de cinco días, en la que examinarán los concurrentes los documentos presentados por el albacea, y expondrán las objeciones que crean pertinentes, las cuales se tramitarán formando un sólo incidente, en que se oirá a los objetantes y al albacea.