Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 998

TÍTULO DÉCIMO DE LOS INTERDICTOS · CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Art. 998.- La tercera sección se llamará de ejecución, y contendrá todo lo relativo al remate, venta, y aplicación de los bienes, y los incidentes de ejecución.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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