Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 207

TÍTULO QUINTO ACTOS PREJUDICIALES · CAPÍTULO I MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO

ARTÍCULO 207. Promovido el juicio, el tribunal, a solicitud de quien hubiere pedido la preparación, mandará agregar las diligencias practicadas para que surtan sus efectos.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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