Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 266

TÍTULO SEXTO JUICIO ORDINARIO · CAPÍTULO III AUDIENCIA DE JUICIO

ARTÍCULO 266. Son incidentes las cuestiones que se promuevan en juicio y tienen relación inmediata con el negocio principal. Los que no guarden esa relación serán desechados de plano. La resolución que deseche un incidente será apelable en efecto devolutivo de tramitación inmediata, y la que dé entrada es irrecurrible.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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