Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 274

TÍTULO SEXTO JUICIO ORDINARIO · CAPÍTULO V

ARTÍCULO 274. Los tribunales tomarán en consideración, aunque las partes no lo pidan, las constancias de autos y los documentos que hubieren acompañado a la demanda y a la contestación.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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