ARTÍCULO 277. Las disposiciones contenidas en el presente capítulo son aplicables en todos los procedimientos que establece este código, salvo que la ley disponga expresamente otra cosa.
Artículo 277
TÍTULO SEXTO JUICIO ORDINARIO · CAPÍTULO V
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.
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