Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 283

TÍTULO SEXTO JUICIO ORDINARIO · CAPÍTULO V

ARTÍCULO 283. Las posiciones deberán articularse en términos claros y precisos, no ser capciosas o insidiosas, ni contener cada una más que un solo hecho y propio de la absolvente. Un hecho complejo puede comprenderse en una posición cuando por la íntima relación que exista entre los simples que lo constituyen, no pueda afirmarse o negarse uno sin afirmar o negar el otro. Se tendrán por insidiosas las posiciones que se dirijan a confundir a la absolvente con el objeto de obtener una confesión contraria a la verdad.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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