ARTÍCULO 297. Los documentos públicos expedidos por autoridades federales o funcionarios de los estados y del Distrito Federal, harán fe en el Estado sin necesidad de legalización.
Artículo 297
TÍTULO SEXTO JUICIO ORDINARIO · CAPÍTULO V
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.
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