Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 318

TÍTULO SEXTO JUICIO ORDINARIO · CAPÍTULO V

ARTÍCULO 318. En caso que la prueba pericial verse sobre la firma o escritura de alguna de las partes, en el desahogo de la audiencia preliminar deberá estamparse la firma, rasgos caligráficos o cuerpo de la escritura que el juez o jueza considere necesarios, pudiendo éste o las partes hacer las observaciones que estimen pertinentes a fin de que las o los peritos dictaminen al respecto. Si no compareciere quien debe firmar o escribir, se tendrán como puestas de su puño y letra las firmas y escritura contenidas en los documentos cuestionados.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.