ARTÍCULO 339. La parte que tiene a su favor una presunción legal, sólo está obligada a probar el hecho en que se funda la presunción.
Artículo 339
TÍTULO SEXTO JUICIO ORDINARIO · CAPÍTULO V
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.
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