Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 565

TÍTULO NOVENO EJECUCIÓN DE SENTENCIAS · CAPÍTULO III

ARTÍCULO 565. El día y hora señalados para el remate, el juez o jueza pasará lista de las o los postores presentes, declarará que va a proceder al remate y que no admitirá otros nuevos. Enseguida revisará las propuestas presentadas, desechará las que no cubran la postura legal y las que no estuvieren acompañadas del certificado de depósito.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.