Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila
Artículo 133
TÍTULO SEGUNDO De las partes · CAPÍTULO QUINTO Gastos, costas y daños procesales
ARTÍCULO 133.
Costas en intervención coadyuvante.
Las costas causadas por la intervención del tercerista coadyuvante se impondrán siguiendo lo que se decida respecto a la parte original a que se adhiera, a menos que el juzgador estime que debe resolverse en forma distinta por la temeridad o mala fe de una de las partes que no sea imputable a la otra.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
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