Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila
Artículo 273
TÍTULO QUINTO Actos de las partes · CAPÍTULO SEGUNDO Escritos de las partes
ARTÍCULO 273. 72
Recibo de escritos y documentos.
Los interesados podrán exhibir una copia de sus escritos, a fin de que se les devuelva con la anotación de la fecha y hora de la presentación y del número de documentos anexos, sellada y firmada por el empleado autorizado que las reciba en el tribunal o juzgado.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
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